lunes, 27 de octubre de 2008

DESDE HOY AMNISTÍA PARA MYPES

(El Peruano): Beneficio implica solo el no pago de multas, intereses y otras sanciones
Impuestas éstas por incumplir obligaciones ante MTPE, Essalud y ONP.

A partir de la fecha, la micro y la pequeña empresa (mype) podrán acceder al beneficio del no pago de intereses, multas y otras sanciones administrativas que se hubiesen generado por el incumplimiento de sus obligaciones respecto a las aportaciones al Seguro Social de Salud (Essalud) y la Oficina de Normalización Previsional (ONP), así como de las deudas laborales ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Para agilizar la obtención de este beneficio, que comprende a as obligaciones impagas hasta el pasado 1 de octubre, los contribuyentes podrán realizar el trámite respectivo por intermedio de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), usando el Formulario Virtual N° 1686 - Amnistía de las aportaciones a Essalud y ONP.

Según la RS Nº 187-2008-Sunat, los interesados deberán ingresar al módulo Sunat Operaciones en Línea con su clave SOL. En caso no cuenten con dicha clave, podrán solicitarla, sin costo alguno, en cualquiera de los centros de servicios al contribuyente del ente recaudador ubicados en todo el Perú.Dicho trámite, que vencerá el próximo 2 de febrero, ha sido establecido como parte de las disposiciones consideradas en la Ley de Promoción y Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Mype, y su reglamento. El objetivo es incentivar la regularización de sus actividades comerciales y promover su formalización, con lo cual se garantiza el desarrollo de un importante sector de la economía nacional.

El Decreto Legislativo N° 1086 tiene por objetivo la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la Micro y Pequeñas Empresas para la ampliación del mercado interno y externo de éstas, en el marco del proceso de promoción del empleo, inclusión social y formalización de la economía, para el acceso progresivo al empleo en condiciones de dignidad y suficiencia.

Requisitos para el beneficioPara que las mype puedan culminar el trámite de la amnistía y considerarae acogidas a la respectiva empresa, los contribuyentes deberán cumplir con dos requisitos hasta el 2 de febrero de 2009.El primer requisito es inscribirse en el Registro Nacional de Micro y Pequeña Empresa (Remype), y segundo es la cancelación del íntegro del insoluto de cada aportación a Essalud y a la ONP que decida acoger a la amnistía.La información correspondiente a las aportaciones de Essalud y ONP que podrán ser incluidas en la amnistía, se podrá consultar en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).

DeudasEsta norma concede el beneficio de la amnistía laboral y de seguridad social a fin de regularizar el cumplimiento del pago de las obligaciones laborales y de seguridad social vencidas hasta su puesta en vigencia, es desde, el pasado 1 de octubre.

La amnistía laboral y de seguridad social, referida esta última a Essalud y a la Oficina de Normalización Previsional, sólo concede a los empleadores el beneficio de no pagar multas, intereses u otras sanciones administrativas que se generen o hubiesen generado por el incumplimiento de dichas obligaciones ante las autoridades administrativas, tales como el Ministerio de Trabajo, Sunat, Essalud y la ONP.

Para facilitar el acceso a este beneficio, la administración tributaria aprobó el Formulario Virtual Nº 1686 - Amnistía de las aportaciones a Essalud y a la ONP D. Leg. 1086, que estará disponible en Sunat Virtual.
El plazo para que la mype pueda acceder al beneficio es de cuatro meses.