jueves, 14 de febrero de 2008

MODIFICAN LEY GENERAL DEL AMBIENTE, RELACIONADA CON AGUAS RESIDUALES

Lima.- El proyecto de ley sancionado, sin debate, por la Comisión Permamente propone modificar dos artículos de la Ley General del Ambiente (28611), relacionados con el vertimiento de aguas residuales y del tratamiento de residuos líquidos.

La norma señala que serán las autoridades del Estado las encargadas de supervisar que las aguas residuales domésticas a verter hayan sido previamente tratadas, y verificar, bajo responsabilidad, que dicho vertimiento no cause deterioro a la calidad de las aguas receptoras, ni afecte su reutilización de éstas para otros fines.

Dispone, además, que en las localidades donde no existan servicios de saneamiento, las nuevas construcciones de servicios turísticos y recreativos que se realicen, cuenten con plantas de tratamiento de aguas residuales; y otorga un año de plazo para que los responsables de los servicios ya establecidos se adecuen a las disposiciones de la ley.

El proyecto, dictaminado por unanimidad en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, fue sustentado por su presidenta, Gloria Ramos Prudencio (NUPP), y sancionado con 17 votos a favor, ninguno en contra y una abstención.

Posteriormente, fue exonerado de segunda votación por la Junta de Portavoces, conforme lo anunció el presidente Gonzales Posada, quedando así expedito para su promulgación por el Poder Ejecutivo.